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Impuestos del autónomo: IVA, IRPF y modelos de Hacienda

IVA, IRPF, retenciones y declaraciones informativas. Cada modelo con su plazo, quién lo presenta y cómo se rellena la casilla que siempre atasca.

4 guías publicadas Revisado el 26 de septiembre de 2026

Respuesta corta

Un autónomo en estimación directa presenta cada trimestre el modelo 303 de IVA y, si no le retienen en la mayoría de sus facturas, el modelo 130 de pago fraccionado de IRPF.

Los plazos trimestrales terminan el día 20 de abril, julio, octubre y enero, y cinco días antes si domicilias el pago.

Un gasto es deducible si está relacionado con la actividad, está justificado con factura completa y está registrado en los libros: las tres condiciones a la vez, no una de ellas.

Los impuestos del autónomo se reducen a dos figuras y unos cuantos formularios. El IVA, que recaudas de tus clientes y entregas a Hacienda sin que sea tuyo en ningún momento, y el IRPF, que sí es un impuesto sobre lo que ganas. Todo lo demás es calendario y papeleo.

Los dos impuestos que te afectan

La diferencia que hay que tener clara

El IVA no es un coste tuyo: lo cobras al cliente, lo ingresas a Hacienda y te quedas exactamente igual. El IRPF sí sale de tu bolsillo, porque grava tu beneficio. Confundirlos lleva a creer que se paga el doble de lo que se paga.

El IVA funciona por diferencias: sumas el que has cobrado en tus facturas emitidas (IVA devengado), restas el que has pagado en tus compras afectas a la actividad (IVA soportado) y la diferencia es lo que ingresas. Si sale negativa, se compensa en trimestres siguientes o se pide la devolución al cierre del año.

El IRPF funciona por anticipos: cada trimestre adelantas un 20 % de tu beneficio acumulado y en la declaración anual se ajusta con la escala progresiva.

Los modelos, uno por uno

ModeloQué esQuién lo presentaCuándo
303Autoliquidación trimestral de IVAToda actividad sujeta a IVADías 1-20 de abril, julio, octubre y enero
130Pago fraccionado de IRPFEstimación directa, salvo con ≥70 % de facturas con retenciónIgual que el 303
111Retenciones a trabajadores y profesionalesQuien tiene empleados o recibe facturas con retenciónIgual que el 303
115Retenciones por alquiler de inmueblesQuien alquila local con retenciónIgual que el 303
390Resumen anual de IVALos que presentan 303 y no están en SIIDel 1 al 30 de enero
190Resumen anual de retencionesQuien presenta 111Del 1 al 31 de enero
347Operaciones con terceros por encima de 3.005,06 €Según obligación censalFebrero
349Operaciones intracomunitariasQuien factura o compra en la UESegún volumen
100Declaración de la rentaTodos, con los límites generalesAbril a junio

Los plazos exactos de cada año, con los traslados por festivo, están en el calendario fiscal.

Si domicilias, tienes cinco días menos

Los plazos terminan el día 20, pero la domiciliación bancaria cierra el día 15. Es el error de calendario que más sustos da en el primer año.

Gastos deducibles: la regla de las tres condiciones

Un gasto se puede deducir si cumple las tres condiciones a la vez:

  1. Está afecto a la actividad, es decir, tiene relación directa con lo que haces para ganar dinero.
  2. Está justificado con factura completa a tu nombre y con tu NIF. Un ticket no sirve para deducir IVA.
  3. Está registrado en el libro de gastos del periodo correspondiente.

Falla una y el gasto no se deduce, por evidente que parezca su relación con la actividad.

Lo que se deduce con tranquilidad:

  • Cuotas del RETA y seguros obligatorios de la actividad.
  • Material, suministros y software de trabajo.
  • Alquiler del local y de oficinas de coworking.
  • Servicios profesionales: asesoría, abogado, diseñador.
  • Formación relacionada con la actividad y cuotas de colegios profesionales.
  • Publicidad, dominio y alojamiento web.

Lo que tiene reglas especiales:

  • Vivienda habitual usada como despacho: se deduce el porcentaje de superficie afecta declarado en el 036, y en los suministros —luz, agua, gas, internet— se aplica el 30 % de ese porcentaje.
  • Móvil e internet: deducible si la línea está afecta a la actividad. Con una sola línea mixta, la Administración discute la deducción íntegra.
  • Dietas y comidas: con límites diarios, pago electrónico, en día laborable y fuera de tu municipio.
  • Vehículo turismo: la Administración exige afectación exclusiva, que en la práctica limita la deducción a actividades tasadas como transporte, taxi, autoescuela o agentes comerciales.

Los gastos de difícil justificación: el 7 % automático

En estimación directa simplificada puedes aplicar una deducción adicional del 7 % del rendimiento neto previo, con el límite anual establecido, sin justificar nada. Es el reconocimiento legal de que hay gastos reales que no generan factura.

Ese mismo 7 % es el que se usa para calcular el rendimiento neto que determina tu tramo de cotización, y en autónomos societarios baja al 3 %.

Qué hacer cuando descubres un error

La respuesta corta: corregirlo tú antes de que lo haga Hacienda.

  • Si el error te perjudicó —pagaste más de lo debido—, se presenta una solicitud de rectificación de la autoliquidación.
  • Si el error perjudicó a Hacienda —pagaste menos—, se presenta una autoliquidación complementaria del periodo afectado, con el recargo por extemporaneidad correspondiente.

La diferencia económica entre corregir voluntariamente y esperar el requerimiento es sustancial: el recargo voluntario es un porcentaje moderado que crece con el retraso, mientras que la regularización tras requerimiento es sanción, con mínimos mucho más altos.

Lo que este bloque no puede resolver

Los regímenes especiales de IVA —recargo de equivalencia, régimen simplificado, criterio de caja—, las operaciones intracomunitarias y la inversión del sujeto pasivo cambian tanto según la actividad concreta que aquí solo se explican en general. En esos casos, una consulta puntual a una asesoría cuesta bastante menos que dos años de declaraciones mal presentadas.

Cómo está organizado este bloque

  • Modelos Modelos 303, 130, 111, 115, 347, 349, 390 y 190.
  • Deducciones Qué gasto se deduce, en qué porcentaje y con qué justificante.
  • Regímenes Estimación directa simplificada, recargo de equivalencia y criterio de caja.

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Preguntas frecuentes

¿Qué modelos presenta un autónomo cada trimestre?

El modelo 303 de autoliquidación de IVA lo presenta todo autónomo con actividad sujeta a IVA. El modelo 130 de pago fraccionado de IRPF lo presentan los que están en estimación directa, salvo que al menos el 70 % de sus facturas lleven retención. Si tienes empleados o profesionales a los que retienes, añades el 111, y si pagas alquiler de local con retención, el 115.

¿Tengo que presentar el 303 aunque no haya facturado?

Sí. Si estás dado de alta en la obligación, el modelo se presenta igualmente marcando la casilla de "sin actividad". No presentarlo es una infracción tributaria aunque el resultado sea cero, y la sanción por no presentar una declaración sin cuota es una multa fija.

¿Cuánto IRPF paga un autónomo?

El pago fraccionado del modelo 130 es el 20 % del beneficio acumulado del año, restando lo ya pagado en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado. Eso es solo un anticipo: la cuota definitiva se calcula en la declaración de la renta aplicando la escala progresiva del IRPF a tu base liquidable, y ahí se devuelve o se completa la diferencia.

¿Puedo deducir la comida y el coche?

Las comidas de trabajo son deducibles con límites diarios cuando se pagan por medios electrónicos, ocurren en días laborables y están fuera de tu municipio de residencia. El coche es el caso más restrictivo: Hacienda solo admite la deducción total si el vehículo está exclusivamente afecto a la actividad, algo que en la práctica exige actividades como transporte, taxi, autoescuela o agentes comerciales. En el resto de casos la Administración rechaza la deducción parcial del turismo.

¿Qué pasa si presento un modelo fuera de plazo?

Si la declaración sale a pagar y la presentas voluntariamente tarde, antes de que Hacienda te requiera, se aplica un recargo por extemporaneidad que crece con el retraso. Si sale a cero o a devolver, la sanción es una multa fija. En todos los casos sale mucho más barato presentar tarde por tu cuenta que esperar el requerimiento, porque el requerimiento convierte el recargo en sanción.

¿Qué es el modelo 390 y quién lo presenta?

Es el resumen anual de IVA. Lo presentan en enero los mismos que presentan el 303 durante el año, y no genera pago: solo recapitula lo ya declarado. Quienes presentan libros registro a través del Suministro Inmediato de Información están exonerados.

Escrito por David

Divulgador. Escribe Cuenta Autónomo desde Toledo, España.

No soy asesor fiscal ni mediador de seguros. Llevo años peleándome con la misma burocracia que tú y escribo estas guías para que la información oficial se entienda a la primera: cada cifra sale de una fuente que puedes comprobar, y cuando la normativa admite interpretaciones lo digo en lugar de disimularlo.

Cómo se verifica esta guía

  • Los importes de cotización se contrastan con la Orden de cotización vigente y con la Seguridad Social.
  • Los plazos y modelos se comprueban en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Las horquillas de precio de seguros provienen de presupuestos y tarifas públicas, y se indican como orientativas.
  • Cada guía se revisa cuando cambia la norma que la afecta, no por calendario.
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